Saltar al contenido

ñ) Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías

Agrupamientos del alumnado

Siempre que la organización del horario escolar lo permita se procurará:

  • Establecer grupos ordinarios heterogéneos pero homogéneos entre sí, donde cada grupo sea una muestra representativa de la realidad del alumnado en el nivel correspondiente. La homogeneidad intergrupos contribuye a establecer las premisas para la construcción de una comunidad de aprendizaje real al distribuir de manera equilibrada las necesidades de apoyo específicas y facilita la gestión de la clase al distribuir equitativamente el alumnado disruptivo.
  • Establecer grupos ordinarios con dinámicas de grupo positivas. Para facilitar la gestión de la clase no solo es importante considerar el aspecto cuantitativo, también es necesario valorar cualitativamente las relaciones entre alumnos o alumnas y entre alumnos y profesores.
    • Para ello, al final del curso, el equipo de docente con las observaciones de las dinámicas observadas durante el curso diseñará un sociograma indicando las relaciones:
      • Aconsejables. Bien porque se considera que la dinámica favorece a todos los implicados o bien porque una persona con dificultades se ve beneficiada de la relación y no perjudica al resto.
      • No recomendables. Donde la dinámica del grupo genera conductas disruptivas que no lo hace cuando los miembros actúan individualmente, o la dinámica perjudica al desarrollo de uno de ellos o ellas.
      • Enfrentamientos. Relaciones de tensión manifiesta entre los alumnos/as considerados.
    • La información de las dinámicas del grupo del alumnado de nueva incorporación será recogida por el Departamento de Orientación en las reuniones con los tutores de los centros adscritos recogidas en las actuaciones del Programa de Tránsito.
    • Las dinámicas sociales pueden variar a lo largo de las vacaciones estivales por lo que, a principios de septiembre, se incorporarán a la información anterior toda aquella que las familias del alumnado pueda aportar.
Asignación de tutorías

1. Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un tutor o tutora que será nombrado por la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo. La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales será ejercida en las aulas específicas de educación especial por el profesorado especializado para la atención de este alumnado. En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el profesor o profesora que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.

3. El nombramiento del profesorado que ejerza la tutoría se efectuará para un curso académico.

Artículo 90

Al asignar las tutorías al profesorado, además de lo prescrito, se consideran los siguientes criterios:

  • Mantener el grupo de cursos anteriores. Siempre que la experiencia tenga un balance positivo, el conocimiento del grupo y las familias facilita el cumplimiento de las funciones de la tutoría.
  • Alternar la dificultad de los grupos. Cuando, por el contrario, la experiencia de un docente en una tutoría el curso anterior sea estresante, se considerará asignar un grupo donde exista menos dificultad.
  • Asignar las tutorías de los grupos con mayor dificultad a profesores definitivos del centro. El conocimiento del alumnado con dificultades de aprendizaje o de convivencia facilita el cumplimiento de las funciones tutoriales.