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La Programación Didáctica del Departamento, es documento general en donde se recoge un conjunto de líneas de actuación pedagógica y de acuerdos para cada área o materia en cada curso de la etapa. De su elaboración y redacción, de lo que en ella se contenga son responsables todos los miembros del Departamento.

Así pues, todas las Programaciones Didácticas que se elaboren en el I.E.S. Escultor Sánchez Mesa recogerán los aspectos que se enumeran a continuación y con esta estructura y orden formal, siempre que la naturaleza de la materia no lo imposibilite.

1.- Materias y, en su caso, ámbitos asignados al departamento.

2.- Los miembros del departamento, con indicación de las materias y, en su caso, ámbitos, que imparten, y el grupo correspondiente.

3.- Las materias y ámbitos pertenecientes al departamento, que son impartidas por profesorado de otros departamentos, así como los mecanismos previstos para garantizar la coordinación de dicho profesorado con el departamento en razón de las enseñanzas que imparte.

4.- Los objetivos, la concreción, secuenciación, distribución temporal de los contenidos y criterios de evaluación para cada una de las materias y ámbitos asignados al departamento.

Para ello los departamentos tendrán la obligación de:

-Coordinar los contenidos de todos los grupos en cada nivel y utilizar los mismos criterios de evaluación y calificación en todos los grupos. Para ello mensualmente en las reuniones de departamento harón un seguimiento de estos aspectos por niveles y acordaran las pruebas escritas que se van a realizar a cada grupo.

-La ficha del alumno será consensuada y todos los miembros del departamento tendrán obligación de utilizarla con el fin de recoger información lo más objetiva posible sobre actitud y habito de trabajo del alumnado.

5.- Contribución de la materia o ámbito a la consecución de las competencias clave.

6.- La forma en que se incorporan los contenidos de carácter transversal al currículo.

7.- La metodología que se va a aplicar, que debe atender a los principios metodológicos generales de la etapa para favorecer la adquisición de las competencias básicas.

8.- Las medidas de atención a la diversidad y organización de las actividades de refuerzo y recuperación, conforme a los apartados f) y g) del proyecto educativo.

9.- Los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación para cada materia o ámbito que se vayan a aplicar para la evaluación del alumnado en consonancia con lo dispuesto en el apartado D) del proyecto educativo.

10.- Los materiales y recursos didácticos que se van a utilizar, incluidos los libros para uso del alumnado.

11.- Las actividades previstas para que el alumnado lea, escriba y se exprese de forma oral. Se deberá especificar qué tiempo se va a dedicar a la lectura en cada materia.

12.- Las acciones acordadas como propuesta de mejora como resultado de las pruebas de diagnostico.

13.- Propuestas para la realización, por parte del alumnado, de trabajos monográficos interdisciplinares u otros de naturaleza análoga que impliquen a varios departamentos de coordinación didáctica.

14.-Las actividades complementarias y extraescolares relacionadas con el curriculo, que propone realizar el departamento.

PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS EN CENTROS BILINGÜES:

Los criterios para la elaboración de las programaciones didácticas en el caso de centros bilingües deben contemplar que en éstas, además de lo expuesto anteriormente, los siguientes aspectos:

1.- La finalidad general de la educación bilingüe pasa a ser el fomento del plurilingüísmo y de la diversidad lingüística, utilizando para ello el método natural de inmersión lingüística basado en la comunicación, la interacción y la priorización del código oral.

2.- Se armonizarán las enseñanzas de las distintas lenguas a través del Proyecto Lingüístico de Centro (PLC). En él se incluirá el Currículo Integrado de las Lenguas (CIL), además de las aportaciones al currículo de las áreas, materias que participen en el programa bilingüe o plurilingüe del centro.

3.- Se realizará un modelo metodológico, curricular y organizativo que contenga los principios del aprendizaje integrado de contenidos y lengua extranjera, atendiendo las recomendaciones europeas en esta materia recogidas en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, desarrollado por el Consejo de Europa.

4.- Se elaborarán materiales para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras, con la colaboración del profesorado de las áreas lingüísticas y no lingüísticas.

Por tanto, en la programación didáctica se ha de atender a lo siguiente:

  • Contemplar estrategias que propicien el aprendizaje de contenidos en lengua extranjera
  • Tareas comunicativas de aprendizaje tanto orales como escritas.
  • Actividades comunicativas
  • Establecer vínculos entre las distintas lenguas, unificar la terminología lingüística y los planteamientos metodológicos basados en un enfoque comunicativo.
  • Incorporar aspectos relativos a la cultura del idioma de que se trate.
  • Prever la elaboración y adaptación de materiales didácticos para el aprendizaje integrado de contenidos y lenguas extranjeras.

5.- Se deberán impartir la enseñanza bilingüe desde el enfoque de Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lengua Extranjera (AICLE) y, se debe contemplar el uso de adaptaciones significativas o no significativas y proponiendo alternativas metodológicas y de evaluación acordes con las necesidades de dicho alumnado.

Se ha de tener presente que, en todos los casos, se impartirá entre el cincuenta y el cien por cien del área no lingüística haciendo uso de la L2.Y esto se deberá tener en cuenta a la hora de diseñar las pruebas de evaluación, que deberán adecuarse a la lengua en la que se imparten esos contenidos.

6.- Con respecto al proceso de evaluación, ha de considerar lo siguiente:

  1. Que el profesorado de lengua extranjera será el responsable de evaluar la competencia lingüística del alumnado, atendiendo al grado de consecución de los objetivos de aprendizaje establecidos para las cinco destrezas básicas (escuchar, hablar, conversar, leer y escribir) y teniendo en cuenta los niveles de competencia lingüística establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). A título indicativo, se considera que el alumnado de Enseñanza Secundaría bilingüe debería alcanzar un nivel de competencia lingüística en la L2 de B1, de acuerdo con el MCERL.
  1. El profesorado de ANL tendrá en cuenta en su evaluación los descriptores del nivel de competencia lingüística alcanzado por el alumnado de acuerdo con el MCERL, si bien priorizará el desarrollo de los objetivos propios del área o materia, sobre la producción lingüística, que no deberá influir negativamente en la valoración final del área. De manera que, en la evaluación de las áreas o materias, no lingüísticas primarán los currículos propios del área o materia, sobre las producciones lingüísticas en al L2. Las competencias lingüísticas alcanzadas por el alumnado en la L2 serán las tenidas en cuenta en la evaluación del área o materia, no lingüística, solamente, para mejorar los resultados obtenidos por el alumnado

c) Los contenidos impartidos en L2 serán evaluados en esa lengua, y se hará según los criterios de evaluación del alumnado definidos en el proyecto educativo, donde se indicará el valor o porcentaje asignado a la L2 en cada materia. Sin olvidar, que en la evaluación del alumnado se promoverá que el usuario de la lengua que corresponda demuestre lo que ha aprendido a hacer, a través de un registro de consecución de objetivos referido a cada una de las cinco destrezas comunicativas.

d) Asimismo, se fomentará la utilización del Portfolio Europeo de las Lenguas (PEL), tanto en su versión papel como electrónica (e-PEL).